Una vez han expirado los beneficios de la Ley 303 de 2012, se ha creado un nuevo programa de subsidio para adquisición de residencias de menos de $200,000.00, ya sea que se encuentren en proyectos nuevos o sean viviendas individuales. La Ley 34 de de 26 de junio de 2013 encomienda a la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda a establecer los procedimiento y la cantidad que será aplicada al pronto o a los gastos directamente relacionados con la compra de la vivienda, para ayudar a las personas de ingresos bajos o moderados. El procedimiento establecerá condiciones restrictivas, a fin de evitar la especulación o el uso inadecuado de la propiedad o los beneficios provistos por esta Ley.
El Programa Mi Casa Propia consistirá de una aportación subsidiada, hasta un tres por ciento (3%) de hasta un valor máximo de doscientos mil dólares ($200,000.00) del precio de venta o el valor tasado, lo que sea menor, de la unidad de vivienda cualificada bajo los parámetros establecidos por medio de esta Ley o la reglamentación pertinente y por una cantidad no mayor de seis mil dólares ($6,000.00). Cuando la propiedad de nueva construcción sea en un proyecto de interés social, la aportación subsidiada podrá ser hasta un cinco por ciento (5%) del precio de venta, aun cuando exceda los seis mil dólares ($6,000.00).
Para ver el texto de la Ley 34 de 2013, hacer CLICK AQUÍ.
Para ver el texto del Reglamento 8373 aprobado por la Autoridad para el Financiamiento de la Vivienda (AFV) el 13 de julio de 2013, HACER CLICK AQUÍ.
Para ver la Carta Circular emitida por AFV, HACER CLICK AQUÍ.
El 21 de febrero de 2014 seha firmado la ley 31 de 2014 que mantiene los fondos disponibles para el programa. Para ver la reseña de prensa, HACER CLICK AQUÍ.
Para ver más información sobre ayuda notarial:
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Dennis Martínez Servicios Notariales
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4 Comments
Quisiera q me ayude me interesa comprar gracias
Submitted on 2013/07/20 at 12:31 PM | In reply to Nestor Martinez.
El beneficio generalmente se tramita como parte del financiamiento de la compra, a través de un banco o institucion financiera. Hasta donde tengo conocimiento, al presente aún no se han aprobado los reglamentos y condiciones restrictivas necesarias para que inice la Ley, ni se han provisto los fondos necesarios.
Debe pedir una “pre-cualificación” con el Banco de su preferencia, y preguntar sobre los terminos y condiciones del nuevo programa, asi como su fecha de inicio.
Le recuerdo que usted puede asesorarse y llevar a un notario de su seleccion para que intervenga en la transaccion con el otorgamiento de la Escritura de Compraventa. El Banco siempre exige que sea un notario elegido por ellos ante quien se otorgue la escritura de Hipoteca, que es un segundo documento aparte, con la que se garantiza el prestamo de la compra.
Saludos!!
Como obtengo mas info sobre el programa? o para solicitar el mismo donde lo hago?
El beneficio generalmente se tramita como parte del financiamiento de la compra, a través de un banco o institucion financiera. Debe pedir una “pre-cualificación” con el Banco de su preferencia, y preguntar sobre los terminos y condiciones del nuevo programa, asi como su fecha de inicio.